En un mes iniciarán sanciones por venta de cigarrillos sueltos
Mientras tanto, establecimientos y vendedores ambulantes recibirán multas pedagógicas.
Las sanciones por violar la prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco y por vender cigarrillos al menudeo comenzarán a impartirse dentro de 30 días. Mientras tanto, las autoridades llevarán a cabo campañas educativas e impondrán multas de carácter pedagógico.
Así lo afirmaron la Superintendencia de Industria y Comercio y la Policía Metropolitana de Bogotá, tras la entrada en vigor de estas dos medidas y de un nuevo ciclo de seis advertencias sanitarias en las cajetillas, para informar a la población sobre los efectos nocivos del tabaco en la salud.
"Durante los próximos 30 días se hará un llamado pedagógico a los grandes comerciantes, tenderos y vendedores ambulantes para que no incurran en la venta al menudeo y desmonten toda la publicidad que tenga que ver con el cigarrillo. Luego, se impondrán todas las sanciones que correspondan", aseguró Javier Vivas, comandante encargado de la Policía Metropolitana de Bogotá.
Estas normas, contenidas en la Ley 1335 del 2009 (conocida como ley antitabaco), son las últimas en entrar en vigor, pues ya rigen en el país la creación de espacios ciento por ciento libres de humo y la prohibición de venta a menores de edad y de publicidad engañosa (uso de términos como 'suave' o 'light'), entre otras.
Desde este jueves, además, quedó absolutamente prohibido el patrocinio indirecto o directo de eventos deportivos y culturales por parte de la industria tabacalera a través de fundaciones o corporaciones.
En cuanto a la venta al menudeo y la fabricación y comercialización de cajetillas de menos de 10 cigarrillos, la vigilancia y el control estarán a cargo de la Policía Nacional.
Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio tendrá que controlar que se cumplan las normas relacionadas con el etiquetado y empaquetado de los productos de tabaco y la prohibición total de publicidad.
"Esta es una ley que, esperamos, no sea necesario sancionar. Es decir, es de esas leyes en las que el compromiso social de la gente hace que se cumpla por sí sola", aseguró Alejandro Giraldo, superintendente Delegado para la Protección al Consumidor.
Según el funcionario, las sanciones por violar la prohibición de publicidad serán de 250 a 350 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y podrán llegar hasta 450 si se trata de reincidentes.
Para los pequeños comerciantes y los vendedores ambulantes, la multa estará entre los 2 y los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y entre 4 y 5 si se trata de reincidentes.
"En esta caso -aclaró Giraldo- se sanciona a quien vende el cigarrillo suelto, no a quien lo compra. Es clave entender que no estamos hablando de un producto prohibido sino restringido, que no se quiere promocionar".
De acuerdo con Lenis Urquijo, director de Salud Pública del Ministerio de la Protección Social, las medidas que entraron este jueves en vigor tienen como objetivo principal a los jóvenes del país y, sobre todo, a los de más escasos recursos que no tienen cómo comprar cajetillas de 10 o 20 cigarrillos.
"La prohibición del menudeo es una de las medidas más efectivas que existen en el mundo para evitar que los adolescentes y niños fumen", dijo.
"Si la publicidad queda totalmente prohibida el cigarrillo dejará de plantearse como algo deseable, como algo que genera estatus", agregó.
Según Harold Cárdenas, secretario Distrital de Salud (encargado), se calcula que el 30 por ciento de los jóvenes de Bogotá son fumadores.
Tomado de:
http://www.eltiempo.com/vida-de-hoy/salud/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-9972386.html
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