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martes, 26 de julio de 2011

El Tiempo. Bogotá Colombia, 25 de julio de 2011

Proyecto de ley prohíbe fumar en vías públicas

Por: REDACCIÓN ELTIEMPO.COM | 9:51 p.m. | 25 de Julio del 2011

Un proyecto de estatuto de estupefacientes que el Gobierno radica hoy en el Congreso impondrá niveles de restricción severos al consumo de tabaco, sustancias psicoactivas y alcohol.

La propuesta tiende a controlar la producción, comercio, almacenamiento y consumo de todo tipo de sustancias que alteren las condiciones normales del individuo.

Los fumadores serán unos de los más afectados, si se aprueba esta ley. Esta prohibirá el consumo de cigarrillos en vías y plazas públicas, entre otros lugares.

Los sitios públicos vedados para el consumo de cigarrillo serán definidos de manera expresa por la ley, así: "Centros educacionales, asistenciales, culturales, recreativos, vacacionales, deportivos, lugares donde se celebren espectáculos o diversiones públicas o actividades similares, las naves, aeronaves y cualquier vehículo de transporte público y de servicio empresarial, las oficinas públicas, los restaurantes, bares, tabernas, pubs, discotecas, hoteles, parques, plazas, vías públicas y aquellos donde se celebren espectáculos, diversiones públicas o actividades similares".

La norma propuesta por el Ministerio del Interior, que podría ser objeto de una profunda polémica en el Congreso, también prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en estadios, salas de cine, teatros y "cualquier otro recinto con acceso al público o dedicado a actividades culturales o deportivas".

Hoy, una bebida alcohólica patrocina a la Selección Colombia y algunos equipos del torneo de fútbol dependen publicitariamente de licoreras.

Otros puntos claves de la iniciativa

El Gobierno creará institu- ciones de paso en las que ex adictos puedan apoyarse para una vida normal.

Minsalud evaluará incluir en el POS el tratamiento contra el uso indebido de sustancias psicoactivas.

Habrá áreas para cultivar plantas que produzcan sustancias psicoactivas con fines lícitos.

Toda persona, no médico, que induzca a un deportista al dopaje incurrirá en prisión de 1 a 5 años.

Quien induzca a un menor de edad a consumir sustancias psicoactivas podrá pagar una pena de cárcel entre 8 y 18 años.

Tomado de:

http://www.eltiempo.com/justicia/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-10005725.html

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