04/12/2008 Desde las 12 de la noche comenzó a regir la Resolución No 1956, expedida por el Ministerio de Protección Social, que prohíbe fumar en áreas interiores o cerradas de lugares de trabajo y/o de los lugares públicos.
La norma señala que solamente se podrán establecer zonas para fumadores en sitios abiertos o al aire libre.
El viceministro de Salud y Bienestar, Carlos Ignacio Cuervo Valencia, señaló que la resolución establece un plazo de seis meses a los establecimientos que no tengan adecuados estos sitios para que lo hagan y aquellos que ya cuentan con estos espacios se les comenzará a aplicar la norma desde este momento.
La resolución del Gobierno Nacional permite imponer sanciones que van desde multas hasta el cierre temporal o definitivo de los negocios que incumplan la prohibición.
La norma señala que solamente se podrán establecer zonas para fumadores en sitios abiertos o al aire libre.
El viceministro de Salud y Bienestar, Carlos Ignacio Cuervo Valencia, señaló que la resolución establece un plazo de seis meses a los establecimientos que no tengan adecuados estos sitios para que lo hagan y aquellos que ya cuentan con estos espacios se les comenzará a aplicar la norma desde este momento.
La resolución del Gobierno Nacional permite imponer sanciones que van desde multas hasta el cierre temporal o definitivo de los negocios que incumplan la prohibición.
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