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miércoles, 3 de diciembre de 2008

El Tiempo, 3 de diciembre de 2008

Prohibición de fumar en sitios públicos cerrados empezará a regir a partir de mañana

Así lo establece la resolución 1956, expedida por el Ministerio de la Protección Social el 30 mayo pasado. En los colegios no se podrá fumar ni siquiera al aire libre.

La norma, que es clara en definir que la prohibición cobija toda área cubierta "por un techo o cerrada entre una o más paredes o muros", aplica a bares, cafeterías, tabernas y restaurantes; entidades de salud; centros comerciales, áreas comunes cerradas de edificios y conjuntos de vivienda; terminales aéreos y terrestres; medios de transporte público, oficial y escolar; escenarios para espectáculos artísticos o deportivos con techo y todos los sitios de trabajo, públicos y privados.

Sobre las instituciones de educación formal, en sus niveles de educación preescolar, básica y media, y no formal en las que haya menores de edad, pesa una prohibición estricta del consumo de cigarrillo, incluso en áreas abiertas (las canchas o los jardines de los colegios, por ejemplo).

"En este caso no solo se contempla la obligatoriedad que tiene la sociedad de proteger la salud de sus niños y adolescentes de los efectos nocivos del cigarrillo, sino que se busca no inducirlos, mediante el ejemplo, a que se familiaricen con el hábito de fumar", explica Carlos Ignacio Cuervo, viceministro de salud y bienestar.

En otras palabras, en adelante solo se podrá fumar en espacios al aire libre. Y el plazo para que los establecimientos públicos adecuaran terrazas y zonas abiertas para sus clientes fumadores, también vence mañana.

La norma negó de plano la posibilidad de construir zonas internas con ventilación especial donde se pueda fumar, "hay evidencia científica que demuestra que los extractores no son eficaces frente a la medida; no logran absorber ni sacar todo el humo que se disipa en el ambiente", dijo Cuervo.

El Viceministro aseguró que con la 1956 no solo se busca dar cumplimiento al compromiso adquirido por el país al ratificar, en diciembre del 2007, el Convenio Marco para el Control del Tabaco, sino también empezar a contrarrestar los efectos dañinos del cigarrillo: 

"El tabaquismo es la principal causa de muerte evitable en el mundo; miles de estudios han asociado este hábito con la ocurrencia de 16 tipos de cáncer, especialmente al de pulmón. Sus efectos se dan tanto en fumadores como en no fumadores, expuestos al humo", puntualizó.

Lenis Urquijo, asesor del Ministerio, afirmó que las sanciones para los establecimientos que incumplan la resolución están contempladas por normas como la Ley Novena de 1979, el Código Nacional de Policía (para el país) y el Código de Policía de Bogotá (para la capital).

Las alcaldías o las secretarías de Salud pueden imponer, previos procesos, sanciones que abarcan amonestación, multas equivalentes a 10 mil salarios mínimos legales, decomiso, suspensión de permiso sanitario y cierre temporal o definitivo de establecimientos.

Dónde se puede fumar y dónde no

¿Qué medidas deben adoptar los establecimientos para cumplir la medida?

Fijar avisos en los que aclaren que son espacios libres de humo de cigarrillo y adoptar medidas para disuadir a los fumadores para que no consuman este producto en sus locales. La ley faculta a los administradores, incluso, a suspenderles el servicio si persisten y exigirles abandonar los locales. 

¿Y si se niegan? 

Clientes no fumadores y administradores pueden pedir apoyo de la Policía para retirar del lugar a quienes se nieguen a apagar el cigarrillo.

¿Se fumar en terrazas con carpas?

Es posible habilitar mesas con sombrillas; la carpa, que es considerada techo, no.

¿Se puede fumar en la casa?

Sí, pues la resolución respeta el ámbito privado. No obstante está prohibido hacerlo en áreas comunes cerradas (escaleras del edificio, garajes bajo techo, recepción). 

¿Y en los parques, donde hay niños? 

También se puede fumar; la norma permite hacerlo en espacios al 
aire libre.

¿Qué pasa con sitios de concierto o espectáculos deportivos? 

Si son cerrados, como Corferias, el Coliseo El Campín y el Palacio de los Deportes, está prohibido. Es obligación de los organizadores y administradores tomar las medidas que sean necesarias para proteger a los asistentes que no fuman. Si los escenarios son al aire libre, la prohibición no rige. No obstante, como a ellos asisten muchos niños, el tema todavía es objeto de estudio.

En Bogotá habrá dos semanas pedagógicas

La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá enviará a 20 inspectores a vigilar el cumplimiento de la norma.

Ellos, en estas dos primeras semanas, solo harán una labor pedagógica de divulgación de la prohibición en dichos lugares. 

Después, dijo el secretario Distrital de Salud, Héctor Zambrano, se llamará la atención a los establecimientos que incumplan con la restricción. 

Si estos reinciden en la infracción, serán sancionados con multas que, según la gravedad de la misma, oscilarán entre uno y mil salarios mínimos mensuales, es decir, entre 461.500 pesos y 461'500.000. Inclusive, la autoridad podría decidir el cierre del establecimiento.

Para verificar el cumplimiento de la medida antitabaco, Zambrano informó que se utilizarán aparatos detectores de humo, los cuales ya están en proceso de importación.

En la ciudad, desde hace cinco años, el Código de Policía prohibió fumar en espacios públicos cerrados y, desde entonces, muchos establecimientos pusieron sus avisos de 'Prohibido fumar' en las paredes y puertas de entrada. Pero en la mayoría de ellos, dejaban consumir cigarrillos. 

Ahora, cuando entra a regir la nueva restricción a nivel nacional, de los 3.000 bares y discotecas registrados legalmente en Bogotá, solo "un 50 por ciento de sitios ya está preparado para aplicar la medida", sostuvo el presidente de la Asociación de Bares de Bogotá (Asobares), Camilo Ospina.

"Estamos dispuestos a cumplir con la prohibición y nos estamos preparando para aplicarla desde este jueves. Sin embargo, aún falta claridad en la norma sobre cómo aplicarla en las terrazas y las sanciones que se impondrán", agregó. 

Desde hace cerca de un mes, dueños de bares, discotecas y restaurantes de grandes zonas para la rumba y la gastronomía en el norte de Bogotá, como la Zona T, la Zona Rosa y la Zona G, comenzaron a adecuar terrazas e interiores de los establecimientos para cumplir con la nueva norma.

"Desde mañana tendremos que recibir a nuestros clientes con la frase: aquí no se puede fumar en el interior, sino solo en la terraza", dijeron Juan Yepes y Mateo Durán, administradores del Ovejo y Tirana, en la Zona T.

Medidas en otras ciudades del país

MEDELLÍN: Desde el lunes bares, discotecas, casinos y espacios públicos cerrados comenzaron a aplicar la resolución. El fin de semana la secretaria de Salud, Luz M. Agudelo, hizo un recorrido para sensibilizar a los dueños de estos sitios sobre la medida.

CALI: Diego Gómez, de la Asociación de Establecimientos Nocturnos de Diversión, dijo que en varios de ellos ya han puesto avisos diciendo que son lugares libres de humo y que se han adecuado antejardines para fumadores.

BARRANQUILLA: Edwin Madera, vicepresidente de la asociación de establecimientos nocturnos, dice estar dispuesto a aceptar la norma, pero cree que será difícil obligar a un cliente a que apague su cigarrillo si llega fumando.

SONIA PERILLA SANTAMARÍA
REDACCIÓN SALUD

Tomado de El Tiempo

http://www.eltiempo.com/vidadehoy/salud/prohibicion-de-fumar-en-sitios-publicos-cerrados-empezara-a-regir-a-partir-de-manana_4700250-1


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