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martes, 9 de diciembre de 2008

Revista Semana. Diciembre 1 de 2008

Prohibido fumar en sitios cerrados en Colombia

A partir del domingo 1 de Junio estará prohibido fumar en cualquier sitio cerrado, ya sea público o privado, también en vehículos de transporte público y en lugares donde se atienda a menores de edad. 
 
Esta nueva medida, que entra a regir por la resolución 1956 del Ministerio de la Protección Social busca que los jóvenes no adquieran el hábito de fumar a temprana edad y también proteger la salud de los que no fuman, pero igual se ven afectados por el humo del cigarrillo en recintos cerrados. 

La medida afecta a establecimientos como bares, discotecas y restaurantes o lugares como terminales de transporte, aeropuertos, e inclusive centros comerciales. 
 
Muchos de estos lugares habían designado zonas de fumadores que ahora tendrán que ser eliminadas porque “no cumplen con la función, ya que finalmente son sitios cerrados en donde el 80 por ciento del humo termina dispersándose por el ambiente, y quienes no fumamos, terminamos respirándolo”, comentó el Viceministro de Protección Social, Ignacio Cuervo y añadió que prima el interés general y la salud pública por encima de un derecho individual. 

Quienes no cumplan con la medida, serán sancionados con multas según lo establecido en los códigos de policía. Los establecimientos que infrinjan la norma podrían perder la licencia de funcionamiento o verse forzados a cerrar el negocio
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