Según la profesional, los dos artículos de la ordenanza 410/14, "que garantiza espacios sin humo de tabaco en todos los espacios públicos", está lejos de tener un fin protector, en primer lugar porque contraviene disposiciones de la Organización Mundial de la Salud en lo referente al tipo de espacios cerrados.
“Si bien tiene una finalidad de protección del humo de segunda mano tanto para el fumador activo como el pasivo, si se promulga esta ordenanza va a ser un libre albedrío que escapa al control. La idea era proteger la salud de las personas que acuden al shopping y que la persona que fuma salga a un espacio abierto, alejado del espacio cerrado. Esto no va poder ser en caso de promulgarse las modificaciones”, adelantó la médica.
Publicación original:
See more at:
See more at:
No hay comentarios:
Publicar un comentario