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lunes, 16 de julio de 2012

El Matutino, Santiago de Chile, 13 de julio de 2012

Ley del Tabaco: Definen espacios cerrados y restringen publicidad

La Comisión de Salud respaldó la normativa que establece la prohibición de fumar en lugares cerrados, considerados como aquellos donde existe al menos una pared y un techo

Con el fin de proteger a los no fumadores, la Comisión de Salud apoyó la normativa que define el concepto de espacios cerrados y restringe la publicidad en los puntos de venta de los cigarrillos, en el proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley en materia de ambientes libres de humo de tabaco.

Así lo aseguró el presidente de la instancia, senador Gonzalo Uriarte, quien precisó que “es muy importante que en la ley dejemos asegurado el derecho a las personas que quieran fumar en las terrazas sin dañar a terceros”.

Añadió que “estamos muy preocupados de que se pueda hacer publicidad del cigarro como si se tratara de una actividad inocua para la salud y por eso la restringimos. La gran discusión que tenemos ahora es si se puede o no poner publicidad en los puntos de venta, cosa que en la actualidad ocurre”.

En tanto, el integrante de la instancia, senador Fulvio Rossi comentó que “definimos claramente el concepto de espacios cerrados, donde no se puede fumar bajo ningún punto de vista. O sea, estamos garantizando por ley el derecho de un no fumador de respirar un ambiente libre de humo de tabaco”.

Enfatizó que “le digo a los dueños de restaurantes y bares, que no se preocupen, porque existen muchos estudios que demuestran que con este tipo de restricciones las ventas aumentan, porque los fumadores están buscando ambientes libres de humo de tabaco. Los fumadores no quieren llevar a sus hijos donde hay agentes cancerígenos, presencia de nicotina, alquitrán, en definitiva, donde existan elementos que lo dañen tanto a él como a su familia”.

El parlamentario indicó que “respaldamos que exista una restricción absoluta de la publicidad del tabaco, ni siquiera en los puntos de ventas se va a poder colocarla. Esto es muy importante porque la publicidad penetra, especialmente, en los niños; recordemos que hablamos de una adicción que en general empieza antes de los 18 años”.

OMS Y CONVENIO MARCO

A su vez, la representante de Chile Libre de Tabaco, Lidia Amarales, quien asistió a la sesión de la Comisión de Salud, explicó que “como organización, estamos muy contentos con esta disposición porque eso ratifica lo que dice el convenio marco y la Organización Mundial de la Salud, OMS y va en pos de la protección de los no fumadores y de los adultos mayores”.

Puntualizó que “un lugar cerrado es cualquiera que tenga al menos una pared y un techo. Por lo tanto, nos parece adecuado que se prohíba fumar en esos sectores, porque pueden llegan personas no fumadoras, e inclusive niños y sabemos de la permeabilidad del humo del tabaco cuando existe al menos una pared y un techo. En ese sentido, se estableció que si la terraza no tiene un techo y una pared es considerada un lugar abierto y se puede fumar; deben ser espacios absolutamente abiertos, como aquellos en que se instalan paraguas o toldos”.

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