Martes, 26 de Octubre de 2010 00:00
Acorde con la Carta Magna encontró la Corte Constitucional la norma que prohíbe la publicidad del tabaco en los medios de comunicación. De esta forma el Alto Tribunal resolvió una demanda contra le Ley 1375 de 2009, que reglamenta esa restricción, conocida como ley antitabaco.
El presidente de la Corte Constitucional, Mauricio González, señaló que esta norma no vulnera el derecho a la libertad económica, como alegaban los demandantes, porque a pesar de esta restricción los productores pueden seguir participando en el mercado y los comercializadores en su distribución.
Además el magistrado González dijo que tampoco esta restricción de publicitar el tabaco y sus derivados en los medios de comunicación violaba el libre desarrollo de la personalidad, a la luz de la Constitución.
A mediados del año anterior el Congreso aprobó la Ley Antitabaco, que impone fuertes restricciones a la publicidad y consumo de este producto, especialmente por parte de menores de edad.
El trámite de esta normativa fue muy difícil en el Parlamento por el impacto económico que significaba para los productores, incluso hubo denuncias de algunos parlamentarios de que tabacaleras presionaron para la no aprobación de esta ley.
Igualmente algunos gobiernos departamentales alertaron que estas restricciones al consumo representaría un golpe a sus exiguas rentas, alimentadas por la venta de este producto.
Además de la publicidad en los medios de comunicación, la Ley 1375 impone otras restricciones como no vender cigarrillos a menores de edad, la cual operó una vez que la norma fue sancionada por el entonces presidente Uribe.
Igualmente dispone que las cajetillas de cigarrillos deben mostrar ilustraciones con los daños que produce el tabaco en el organismo humano, para lo cual se dio un año de transición para que se haga efectiva.
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